Lunes 8 y martes 9 de julio de 2019

Con respecto a los trabajadores del servicio doméstico, la Unión Personal Auxiliar de Casas Particulares (UPACP) explica que el lunes 8 de julio al tratarse de un día no laborable, cada empleador puede decidir si el empleado trabaja o no. En caso de que lo haga, no está obligado a pagar doble la jornada. De acuerdo al artículo 167 de la Ley de contrato de trabajo, \”en los días no laborables, el trabajo será optativo para el empleador, salvo en bancos, seguros y actividades afines, conforme lo determine la reglamentación\”. Además, la resolución indica que en esos días los trabajadores que presten servicio, \”percibirán el salario simple\”.

El Ministerio del Interior informó que \”el lunes 8 de julio es un día no laboral con fines turísticos y el martes 9 es feriado por el Día de la Independencia\”.

De esta manera queda descartada la posibilidad de que el 8 de julio sea feriado puente y la actividad privada, durante ese día, quedará sujeta a la decisión de cada empresa.

Ver: https://www.lanacion.com.ar/sociedad/que-servicios-no-funcionaran-feriado-del-8-nid2263729