Actualizacion BONO para empleados/as de casas particulares

UPACP/OSPACP Informan:

En base al texto del Decreto N° 438/2023 -publicado en el Boletín Oficial, en la fecha (31/08/2023)-; seguidamente les informamos lo referente al pago del “Bono” (asignación no remunerativa), que allí se contempla. El mismo es, para:

  • Trabajadoras/es “SIN RETIRO”, de todas las categorías
  • Trabajadoras/es “CON RETIRO” de todas las categorías que realicen tareas entre 1 y 48 horas semanales en una o varias casas.

Consideraciones a tener en cuenta:

  • A este bono se lo deben abonar, tanto a trabajadoras/es formales (registrados/”en blanco”), como a informales (no registrados/”en negro”). –
  • El pago de este bono debe figurar en el recibo de sueldo, como ítem separado. –
  • Si trabajás para más de 1 empleador, el bono lo tenés que cobrar por cada casa en que trabajes (en proporción a las horas que trabajes). –

Estamos a la espera de la reglamentación aclaratoria, del Ministerio de Trabajo de la Nación y/o de otro ente nacional. Ni bien salga la reglamentación publicaremos las tablas correspondientes a cada caso.