El Gobierno publicó la Resolución 1373/2023 del Ministerio de Economía y la Resolución General 5418/2023 de la AFIP correspondientes a la devolución del IVA.
La devolución tiene vigencia a partir de hoy, lunes 18/09/2023 y se extiende hasta el 31/12/2023. En estas medidas se explica cómo se realiza la devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en compras de LA CANASTA BÁSICA que beneficiará a trabajadores/as de casas particulares
Forma en la cual se aplicará la devolución del IVA:
La devolución del total del IVA, es decir del 21%, será directa, no se requerirá un trámite previo y tendrá un tope de devolución de $18.800,00. El reintegro se hará en la cuenta bancaria entre las 24 y 48 horas posteriores a efectuada la compra con la leyenda ““Reintegro programa Compre sin IVA”
Para acceder al beneficio el/la trabajador/a deberá:
▪️ 📝 Encontrarse debidamente registrado
▪️ 💳 Poseer una cuenta bancaria y realizar la compra con la tarjeta de débito. Es decir, no será para aquellos que hagan la compra con tarjeta de crédito, efectivo o billeteras electrónicas como Mercado Pago.
Si el/la trabajador no posee cuenta bancaria puede dar de alta una cuenta gratuita en:
🏦 BNA: https://www.bna.com.ar/Personas/CasasParticulares
🏦 Banco Provincia: https://www.bancoprovincia.com.ar/web/informacion_de_utilidad
Resoluciones:
5418/2023 – https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/294273/20230916
1373/2023 – https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/294271/20230916