El Gobierno extendió el programa Registradas hasta fin de año. Este beneficio lo deben tramitar los empleadores

Desde el gobierno nacional extendieron la inscripción al programa “Registradas”. Ahora habrá tiempo para inscribirse hasta fin de año. Se modificación algunos requisitos como:

  • El monto mínimo del sueldo de empleador para acceder al beneficio no es un monto fijo (que era de $175.000) y ahora es un monto según la ley de ganancias
  • Podrán acceder trabajadores/as que trabajen más de 6 horas semanales.
  • Ya no hay un monto máximo de beneficio
  • El beneficio aplica a un/a solo/a trabajador/a por cada empleador
  • No podrán acceder a este Programa las/os trabajadoras/es que hubiesen finalizado por las causales de “mutuo acuerdo de las partes” o “despido incausado” a partir del 01/07/22
  • Ya no se debe, como obligación, mantener al personal contratado por 4 meses posteriores a la finalización del beneficio

 

La nueva relación laboral por la que pide la asistencia debe estar “comprendida en el Régimen establecido en la Ley N° 26.844 y encuadrada en las categorías de personal para tareas específicas, de caseros y caseras, de asistencia y cuidado de personas o de personal para tareas generales”

 

Para acceder al mismo, el interesado tiene que ingresar al portal de la AFIP de Casas Particulares e informar algunos datos básicos sobre las empleadas que busque formalizar. En esa inscripción deberá elegir cuál será la sede del Banco Nación más conveniente para que la persona pueda cobrar la mitad de su salario por parte del Estado.

El objetivo es formalizar y bancarizar a las empleadas del sector

Este subsidio no genera incompatibilidad con otros beneficios, asignaciones y programas sociales, como la Asignación Universal por Hijo, la Asignación Universal por Embarazo, la tarjeta Alimentar y los planes Progresar y Potenciar Trabajo. Las únicas excepciones son la pensión no contributiva por invalidez, pensión no contributiva madre de 7 hijos y pensión no contributiva por vejez. La decisión se comunicó a través del Decreto 358/2022, publicado este viernes en el Boletín Oficial https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/265346/20220701